sábado, 2 de agosto de 2014

Tip # 26. Derecho Laboral. Y resultó que el título era falso….

Tip # 26. Derecho Laboral. Y resultó que el título era falso…. Ha pasado mucho, pero actualmente está pasando más: Los candidatos presentan títulos falsos para cumplir con requisitos de contratación o para ser mejor valorados para un puesto de trabajo. Esta acción de presentar atestados falsos puede traer consecuencias legales de diversa índole, siendo las consecuencias laborales las que nos interesan en esta ocasión. El inciso j) del artículo 81 del Código de Trabajo, estipula la posibilidad que tiene el patrono de dar por terminado el contrato de trabajo de manera inmediata y sin su responsabilidad, en los casos en donde el colaborador lo haya inducido en error, al presentarle atestados falsos. Recuerdo el caso de una profesional en Ingeniería Civil, que para optar por un puesto de mayor responsabilidad y con un mejor ingreso, presentó un título falso de Maestría de una Universidad peruana, siendo que en el proceso de Reclutamiento y Selección, al ser el título de una institución extranjera, obviaron el procedimiento de verificación. Más de dos años después el patrono entró en sospechas a raíz de ciertas denuncias anónimas, siendo que al final se demostró que el título era falso. Esto se logró documentar mediante una carta enviada por la propia Universidad, en donde se indicaba que la profesional nunca había sido alumna de esa institución. Un cuidado particular que hay que tomar en estos casos, es no esperar a que pase más de un mes desde que se tuvo conocimiento de la falsedad del título o desde que se terminó la investigación que arrojó el resultado de la falsedad, ya que después de este plazo se pierde la opción de despedir con justa causa y por ende sin responsabilidad patronal. Randall González. Presidente de la Asociación Costarricense de Gestores de Recursos Humanos. ACGRH. Hashtag #humanizandomentes Sigueme en Twitter: @randallglez, y en http://humanizandomentes.blogspot.com/

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