sábado, 20 de septiembre de 2014

Tip # 33. Derecho Laboral. No siempre la estipulación de un Debido Proceso es recomendable.

Tip # 33. Derecho Laboral. No siempre la estipulación de un Debido Proceso es recomendable. Esta semana estuve revisando las políticas internas de un cliente, y me llamó la atención que, dentro de esas políticas existía un procedimiento relacionado con el caso de renuncia por parte de un colaborador. Se detallaba en dicho procedimiento, una serie de pasos que debían cumplir las partes para dar por terminada la relación laboral, por decisión del colaborador. Uno de los puntos indicaba que, la renuncia sería sujeta a aprobación por parte del patrono (no aplica) y enunciaba algunas acciones que debían cumplir el Jefe Directo y el Departamento de Capital Humano. A pesar que soy partidario y recomiendo el uso de políticas en los centros de trabajo (no así los Reglamentos Internos de Trabajo), siempre me han preocupado las políticas que establecen requisitos que ni la misma ley laboral establece, o las políticas en las que el mismo patrono se autoimpone plazos de difícil cumplimiento. El Derecho Laboral no necesita ayuda. Ya de por sí está plagado de sistemas de protección al trabajador (algunos en mi opinión, desarrollados y aplicados de manera abusiva), para que el mismo patrono genere acciones que lejos de ayudar, en muchos casos más bien complican, cuando por ejemplo, un colaborar alega el incumplimiento de un debido proceso. En este sentido, les dejo de referencia la resolución 2013- 225 de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia. Randall González. Presidente de la Asociación Costarricense de Gestores de Recursos Humanos. ACGRH. Sígueme en el blog http://humanizandomentes.blogspot.com/ En Facebook, Instagram y Pinterest síguenos como: Humanizando Mentes. Twitter: @randallglez Hashtag #humanizandomentes

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