sábado, 25 de octubre de 2014

Tip # 38. Derecho Laboral. Droga encontrada en “Locker”.

Tip # 38. Derecho Laboral. Droga encontrada en “Locker”. En un caso resuelto en el año 2013, mediante la resolución número 15 de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, se analizó una situación ocurrida en un centro de trabajo, según la cual, al realizar la parte patronal una revisión aleatoria en la zona de los lockers de los colaboradores, se encontró en uno de ellos, 3 bolsas que aparentaban ser “puntas de cocaína”. El patrono llamó a la Fuerza Pública, la cual levantó un acta, decomiso las bolsas y arrestó al colaborador. Se generó de manera inmediata un despido sin responsabilidad patronal por pérdida de confianza. El colaborador demandó al patrono en la vía laboral, y exigió su reinstalación, daños y perjuicios y el pago de la cesantía y el preaviso. Para resumirles el caso, los jueces al final le dan la razón al colaborador y obligan a la empresa a pagarle lo pretendido, menos el tema de la reinstalación. Entre otros detalles, los jueces analizan que de acuerdo al procedimiento interno de la empresa para revisión de lockers, existían dos llaves, una de las cuales mantenía el colaborador y la otra el patrono. Ante esta situación, los jueces dicen que no hay certeza que un tercero pudiera colocar las bolsas en el locker del colaborador para inculparlo. También se analizó que, no se logró demostrar el contenido de las bolsas, y como ya es costumbre, los jueces aplicaron el Principio Protector en su modalidad de de “indubio pro operario”, siendo que al existir duda se resuelve en favor del colaborador. Recomendación: Para que un patrono no esté atado de manos y el lugar de trabajo se convierta en un centro de almacenamiento de droga, es importante contar con una Políticas Internas sobre Uso de Lockers y procedimientos para la revisión de los mismos. Es importante cuidar los conceptos de intimidad y privacidad en favor del colaborador, pero también es posible aplicar medidas drásticas para contrarrestar las conductas indebidas. Es preferible que solamente el colaborador tenga llave de su locker y que se hagan revisiones periódicas y aleatorias, bajo la presencia del colaborador y testigos. El uso de perros adiestrados es totalmente factible, en la medida que como mencionamos, no se atente contra la dignidad, privacidad e intimidad de los colaboradores. Igual se recomienda hacer la denuncia inmediata ante el hallazgo de sustancias sospechosas y asegurarse que se siga por parte de las autoridades respectivas el estudio necesario para la determinación del tipo de sustancia encontrada. Randall González. Presidente de la Asociación Costarricense de Gestores de Recursos Humanos. ACGRH. Sígueme en el blog http://humanizandomentes.blogspot.com/ En Facebook, Instagram y Pinterest síguenos como: Humanizando Mentes. Twitter: @randallglez Hashtag #humanizandomentes

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