domingo, 1 de febrero de 2015

Tip # 49. Derecho Laboral. La información ayuda a la prevención de casos de acoso sexual.

Tip # 49. Derecho Laboral. La información ayuda a la prevención de casos de acoso sexual. Es muy recomendable que por lo menos anualmente, las empresas realicen sesiones de refrescamiento en temas laborales, entre ellos todo lo relacionado con el acoso sexual. Actualmente este flagelo ha evolucionado y con la ayuda de los avances tecnológicos, existe una incidencia importante de casos. Les recuerdo en este “tip laboral”, lo que la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia menciona en cuanto a las manifestaciones de esta forma de violencia. “El acoso sexual puede manifestarse por medio de los siguientes comportamientos: 1.- Requerimientos de favores sexuales que impliquen: a) Promesa, implícita o expresa, de un trato preferencial, respecto de la situación, actual o futura, de empleo o de estudio de quien la reciba. b) Amenazas, implícitas o expresas, físicas o morales, de daños o castigos referidos a la situación, actual o futura, de empleo o de estudio de quien las reciba. c) Exigencia de una conducta cuya sujeción o rechazo sea, en forma implícita o explícita, condición para el empleo o el estudio. 2.- Uso de palabras de naturaleza sexual, escritas u orales, que resulten hostiles, humillantes u ofensivas para quien las reciba. 3.- Acercamientos corporales u otras conductas físicas de naturaleza sexual, indeseados y ofensivos para quien los reciba”. Randall González. Presidente de la Asociación Costarricense de Gestores de Recursos Humanos. ACGRH. Sígueme en el blog http://humanizandomentes.blogspot.com/ En Facebook, Instagram y Pinterest síguenos como: Humanizando Mentes. Twitter: @randallglez Hashtag #humanizandomentes

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