sábado, 24 de octubre de 2015

Tip # 87. Derecho Laboral. A la hora del despido con causa, tome en cuenta estos 3 elementos.

Tip # 87. Derecho Laboral. A la hora del despido con causa, tome en cuenta estos 3 elementos. En algunas ocasiones, al calor de una situación en el centro de trabajo, cometemos una serie de errores que, nos podrían complicar un caso de despido con justa causa a nivel judicial. Recordemos que le toca al trabajador despedido demostrar que fue cesado por el patrono. Luego le corresponde al patrono demostrar la causal o causales en que se fundamentó dicho despido. La prueba aportada por el patrono no tiene que dejarle dudas al juez, sobre la justificación de la decisión de despido. La Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia ha dicho sobre este tema citando a la Sala Constitucional: “En síntesis, el empleador debe demostrar la existencia de los tres elementos básicos de la falta disciplinaria: 1) elemento material (como es la acción u omisión); 2) el elemento moral (que consiste en la imputación del acto a la voluntad libre del trabajador); y, 3) el elemento formal (sea la perturbación producida en el funcionamiento del servicio o alteración inmediata o posible de su eficacia). Elementos que deben estar presentes para disciplinar a un trabajador y deben acreditarse en los procesos donde se discute la justeza de un despido.” Res: 2011-001064 Randall González. Presidente de la Asociación Costarricense de Gestores de Recursos Humanos. ACGRH. Sígueme en el blog http://humanizandomentes.blogspot.com/ En Facebook, Instagram y Pinterest síguenos como: Humanizando Mentes. Twitter: @randallglez Hashtag #humanizandomentes

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