sábado, 11 de abril de 2015

Tip # 59. Derecho Laboral. Despido después del despido.

Tip # 59. Derecho Laboral. Despido después del despido. En un caso laboral resuelto por la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, un patrono decide despedir a un colaborador con responsabilidad patronal, por reorganización. Una vez que el despido es ejecutado, el patrono recibe un informe de auditoría, en donde se evidencian posibles irregularidades cometidas por el colaborador durante la relación laboral. Debido a que el patrono no había pagado todavía la liquidación laboral, decide emitir una nueva carta de despido sin responsabilidad patronal, alegando que, las faltas cometidas por el colaborador son de tal gravedad que no generaban la obligación de pagar la cesantía y el preaviso. Al final la Sala Segunda le da la razón al colaborador, de conformidad con lo siguiente: “Como la decisión patronal fue el despido con responsabilidad patronal al amparo de la reestructuración organizacional, … no podía argumentar la existencia de una justificación diferente con el fin de desconocer en su totalidad el derecho del actor, al pago de sus prestaciones, cuando ya le había reconocido ese derecho. En el caso concreto, no se le despidió al actor por faltas, sino que el cese lo fue por reorganización de personal, siendo el mismo con responsabilidad patronal. Cuatro meses después de que se terminó la relación de trabajo, … la demandada viene a cuestionar su decisión, alegando faltas graves cometidas supuestamente por el actor, pidiendo … que se tenga el despido sin responsabilidad, con todas las consecuencias legales que ello acarrea, por lo que la gestión de la accionada no contiene asidero legal alguno. Por esa razón, no resultaba legalmente posible analizar la supuesta comisión de los hechos que posterior al despido se le atribuyeron al ex trabajador, que al decir de la demandada generaron desconocer el pago de los extremos laborales correspondientes… ante la naturaleza del acto de despido con responsabilidad que había surtido todos los efectos…, resulta también inconducente analizar la existencia o no de la falta... (Resolución 2006-00842) Randall González. Presidente de la Asociación Costarricense de Gestores de Recursos Humanos. ACGRH. Sígueme en el blog http://humanizandomentes.blogspot.com/ En Facebook, Instagram y Pinterest síguenos como: Humanizando Mentes. Twitter: @randallglez Hashtag #humanizandomentes

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Nota: sólo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.