sábado, 15 de agosto de 2015

Tip # 77. Derecho Laboral. En materia laboral hay “pruebas” de “pruebas”

Tip # 77. Derecho Laboral. En materia laboral hay “pruebas” de “pruebas” Un caso resuelto por la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en el año 2010, me sirve de referencia para lo que quiero comentar. En esa oportunidad, el patrono documentó lo dicho por unos testigos, ante una situación que el patrono consideró grave y en la cual aplicó el régimen disciplinario. Tiempo después el colaborador demanda en sede laboral, y el patrono presenta los documentos en donde constan las declaraciones de los testigos. El juez consideró que la prueba no era idónea…“ no puede pretenderse que, esas meras diligencias, puedan servir aquí, sin más, para tener por demostradas las irregularidades atribuidas al accionante, sino que era necesario que esas personas rindiesen sus declaraciones, en esta sede judicial, de manera tal que pudiese ejercerse, debidamente, el ineludible derecho de defensa. En realidad, admitir lo consignado en esos documentos sería una forma de socavar las normas procesales relacionadas con el ofrecimiento y evacuación de la prueba testimonial; pero sobre todo, el derecho de defensa de la otra parte, quien habría tenido negada la posibilidad de confrontar y repreguntar a los supuestos testigos de los hechos.” (Sentencia 1410-2010). Conclusión: Para probar la causal grave que genera un despido, se requiere que los testigos, ante el juez y en presencia de las partes (patrono- trabajador), relaten lo sucedido. Randall González. Presidente de la Asociación Costarricense de Gestores de Recursos Humanos. ACGRH. Sígueme en el blog http://humanizandomentes.blogspot.com/ En Facebook, Instagram y Pinterest síguenos como: Humanizando Mentes. Twitter: @randallglez Hashtag #humanizandomentes

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