domingo, 30 de agosto de 2015

Tip # 79. Derecho Laboral. ¿Hay que esperar un mes para poder contratar a una persona que se despidió legalmente?

Tip # 79. Derecho Laboral. ¿Hay que esperar un mes para poder contratar a una persona que se despidió legalmente? Constantemente analizamos casos laborales, en donde alguien menciona que: “Hay que esperar un mes para que se considere que, no hubo continuidad de la relación laboral, cuando se despide y se contrata a un colaborador” Este es uno de los tantos mitos laborales que existen. La contratación se puede dar incluso al día siguiente, si la terminación laboral se llevó a cabo de manera legal y documentada, y si la nueva contratación igualmente cumple con esos requisitos. La Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, refiriéndose a este tema, ha manifestado lo siguiente: “Si bien está acreditado que el accionante fue despedido por las demandadas y que al día siguiente comenzó a laborar para la propietaria del inmueble en el mismo lugar, por haber iniciado con ella una nueva relación laboral, eso no significa que se esté ante el supuesto de continuidad laboral y sustitución patronal previsto en el artículo 37 del Código de Trabajo.” Res: 2013-000721 Randall González. Presidente de la Asociación Costarricense de Gestores de Recursos Humanos. ACGRH. Sígueme en el blog http://humanizandomentes.blogspot.com/ En Facebook, Instagram y Pinterest síguenos como: Humanizando Mentes. Twitter: @randallglez Hashtag #humanizandomentes

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