sábado, 5 de diciembre de 2015

Tip # 92. Derecho Laboral. Licor, fiestas navideñas y Riesgos Laborales.

Tip # 92. Derecho Laboral. Licor, fiestas navideñas y Riesgos Laborales. Es muy normal que para la celebración de fin de año, las empresas realicen fiestas, en donde sus colaboradores pueden ingerir licor. En estos casos, consideramos prudente tomar en consideración lo indicado en el artículo 199 de Código de Trabajo, con respecto a la cobertura de la Póliza de Riesgos de Trabajo. Dice el artículo en mención que: “No constituyen riesgos del trabajo cubiertos por este Título, los que se produzcan en las siguientes circunstancias, previa la comprobación correspondiente: a) Los provocados intencionalmente, o que fueren el resultado o la consecuencia de un hecho doloso del trabajador; b) Los debidos a embriaguez del trabajador o al uso, imputable a éste, de narcóticos, drogas hipnógenas, tranquilizantes, excitantes; salvo que exista prescripción médica y siempre que haya una relación de causalidad entre el estado del trabajador, por la ebriedad o uso de drogas, y el riesgo ocurrido." Randall González. Director de Relaciones Laborales para América Latina de la Federación Interamericana de Asociaciones de Gestión Humana (FIDAGH). Presidente de la Asociación Costarricense de Gestores de Recursos Humanos (ACGRH). Sígueme en el blog http://humanizandomentes.blogspot.com/ En Facebook, Instagram y Pinterest síguenos como: Humanizando Mentes. Twitter: @randallglez Hashtag #humanizandomentes

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